LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS
Ley de Proteccion de Datos
La Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal tiene por objeto garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor e intimidad personal y familiar.
¿A QUÉ ESTÁ OBLIGADA MI EMPRESA PARA CUMPLIR LA LEY?
A. Inscripción de los ficheros en el Registro General de Protección de Datos.
B. Creación de un Plan de seguridad informático para adoptar las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal.
¿QUÉ NIVEL DE SEGURIDAD DEBO ADOPTAR?
- Nivel básico: si almaceno información en mis ficheros del tipo: nombre, dirección, teléfono, etc.
- Nivel medio: cuando mis ficheros contengan datos financieros, como puede ser cuentas corrientes.
- Nivel alto: los datos de salud o ideología están considerados en este nivel.
¿LA AGENCIA DE PROTECCIÓN DE DATOS PUEDE MULTAR A MI EMPRESA?
La Agencia Española de Protección de Datos puede imponer multas que varían según el nivel de infracción. Además la Agencia puede actuar de oficio y realizar una investigación, o bien previa denuncia. Por ejemplo, no disponer de Plan de Seguridad, está sancionado con multas que oscilan entre 60.101,21€ y 300.506,05€
¿POR QUÉ MI EMPRESA DEBE ELEGIR A CSM PARA REALIZAR ESTE TRABAJO?
Nos encargamos de todos los trámites necesarios para cumplir con la Ley de Protección de Datos, de manera rápida y eficiente, para que su empresa no pierda tiempo, ya que de hecho, somos informáticos.
¿QUÉ TRABAJO REALIZARÍA CSM EN MI EMPRESA?
A. Trabajo inicial: Registro de los ficheros y la elaboración de un Plan de Seguridad
B. Mantenimiento: Soporte y auditoria anual.